INTEGRANTE DEL M-19
Gustavo Petro Urrego, pendía únicamente del procurador Alejandro Ordóñez o de la revocatoria de su mandato que está andando en la Registraduría. El Consejo de Estado está ad portas de fallar una demanda interpuesta por el concejal Orlando Parada —procesado por su presunta participación en el carrusel de la contratación— que obligaría al mandatario a salir sí o sí del Palacio Liévano. La condena que recibió en 1985 por porte ilegal de armas es la piedra angular de la controversia.
El 7 de octubre de 2011 Parada interpuso una acción de pérdida de investidura contra el alcalde bajo el argumento de que ningún ciudadano podía ser elegido para cargos de elección popular si tenía una condena a cuestas, excepto por delitos políticos. Ahí está el centro del debate en el Consejo de Estado que, aparentemente, tiene divididas sus fuerzas para resolver un expediente tan complejo. Parada insistió en su demanda que la condena a Petro fue por un delito común —porte ilegal de armas—, mientras que los defensores del alcalde aseguran que tuvo relación con su pertenencia a la guerrilla del M-19 y que, por ello, se trataba de un delito político.
La particularidad de este caso reside en que el proceso por el que Petro resultó condenado a 18 meses de prisión desapareció del mapa. Tan sólo se adjuntó una minuta del Juzgado 106 de Instrucción Penal Militar en el que constaba que el hoy alcalde había sido sentenciado. A pesar de que las autoridades solicitaron el original de esa condena y elevaron peticiones a cuanta entidad podía conocer del fallo, no ha sido posible recuperarlo. Sin embargo, hace pocos días esculcando entre sus archivos, el entonces abogado de Gustavo Petro, Rafael Barrios, halló parte de ese expediente que resulta fundamental para entender el contexto de la detención y condena del mandatario capitalino.
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